lunes, 21 de abril de 2008

Ultimo momento....Moreno puso la Ley de Abastecimiento!!!


Productores feedloteros de las provincias de Buenos Aires y La Pampa recibieron hoy por la tarde una notificación enviada por la Secretaría de Comercio Interior para informarlos formalmente que el gobierno nacional está dispuesta a emplear la denominada "Ley de Abastecimiento". Al menos cinco establecimientos de engorde a corral bonaerenses y otros tres pampeanos fueron intimados por la Secretaría de Comercio Interior. A esas intimaciones formales se le sumaron los ya habituales llamados informales que reciben los encargados de los feed lots y cuyo propósito es monitorear los envíos de hacienda realizados por los establecimientos de engorde. Con esta particular metodología, Moreno espera que la demanda porteña de carne vacuna se mantenga abastecida y que esto suceda con los precios máximos establecidos en la resolución 38/08 de la Secretaría de Comercio Interior. La resolución 38/08 –vigente desde marzo pasado– determina “precios de referencia” sin IVA de 3,95 $/kg en pie para novillitos mestizos de 300/350 kilos; 3,61 $/kg para novillitos mestizos de 351/390 kilos; 3,41 $/kg para novillitos mestizos de 391/430 kilos; 4,00 $/kg para vaquillonas de 300/340 kilos; 3,53 $/kg para vaquillonas de 341/380 kilos; 4,09 $/kg para terneros, entre otras categorías. La Ley 20.680 –conocida como “Ley de Abastecimiento”–, fue sancionada en 1974 y autoriza al Estado a aplicar multas, arrestos, inhabilitación o prisión, además de allanamientos, secuestros, clausuras y hasta la detención preventiva por 48 horas del presunto responsable de desabastecimiento de productos básicos de la economía. Recordemos que el 1 de abril, unos 70 efectivos de la policía ingresaron el establecimiento Las Marías, localizado en Brandsen y perteneciente al empresario Juan Carlos Eiras (quien es además presidente de la Cámara Argentina de Engordadores de Hacienda Vacuna), para retirar por la fuerza alrededor de 300 cabezas. Fue el primer aviso de que la intención de aplicar la Ley de Abastecimiento venía en serio.

Según establece la Ley, el Gobierno podrá disponer de la totalidad de animales que ingresen, aún sin pagar por ellos, por tiempo indeterminado, para abastecer a la población. También tendrá derecho a retirar vacunos de los campos e intervenir establecimientos productores de alimentos. Lo curioso es que luego del caso de las multas a Shell, el año pasado, han sido numerosas las voces judiciales y legislativas advirtiendo que la Ley de Abastecimiento tiene su vigencia "no derogada, pero sí suspendida". En una nota publicada por parlamentario.com, el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires denunció que la utilización de la suspendida ley de abastecimiento es “ilegal y arbitraria” y destacó que, como ejemplo, las acusaciones oficiales que pesaban sobre la petrolera Shell por este tema constituían "un caso paradigmático de esa ilegalidad”. El presidente del Colegio, Enrique del Carril, y por su secretario, Héctor Huici, la advirtieron sobre las consecuencias que puede tener para la economía argentina la aplicación de esa ley.
Cabe preguntarse, ¿Estas medidas también las llevaran a cabo en los remates por fuera de Liniers?. La respuesta es NO.
Entonces el delincuente de Guillermo Moreno acaba de firmar el certificado de defunción del Mercado de Liniers.

Resumiendo, en la mesa con los productores dicen una cosa y Moreno hace otra ..... Creo que en pocos días más tenemos otro gran piquete y cacerolazo, un gobierno sin ética, sin moral y un solo objetivo…seguir robando descaradamente.

Señores Abogados, lean esto:

Las facultades otorgadas por la Ley Nº 20.680 se encuentran suspendidas por el Decreto N° 2.284/1991 (ratificado por Ley Nº 24.307), requiriéndose una ley del Congreso Nacional que declare en forma expresa la emergencia de abastecimiento para que dicha norma pueda considerarse restablecida. Por último, no nos parece cuestionable que la vigencia de la Ley de Abastecimiento haya sido suspendida a través de un decreto de necesidad y urgencia (como es el Decreto N° 2.284/1991), por tratarse de una norma de idéntica jerarquía. Por lo demás, la validez de tal norma, a partir de la ratificación de ese decreto de necesidad y urgencia a través de la Ley N° 24.307, tal como lo ha resuelto la jurisprudencia reiteradamente, es incuestionable. Y una ley suspendida, al contrario de lo que puede pensar algún funcionario nacional, posiblemente ignorante de las normas penales, no es posible aplicarla, salvo que estemos viviendo en una Dictadura, y no nos dimos cuenta aun.

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